Blog no oficial del IMSS en el que encontrarás ayuda e información relacionada al Instituto Mexicano Del Seguro Social.

Curso "Finiquitos y terminación de la relación de trabajo"


#curso

Te invito, si vives en la cd. de #Puebla o alrededores, este próximo miércoles 9 de noviembre, desde las 09:00 hrs, a mi curso denominado "Finiquitos e indemnizaciones laborales" - aspectos prácticos.

La capacitación no es un gasto. Es una inversión. ¡Comprobado!
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#Curso
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Las vacaciones se disfrutan en dias laborales



Si un trabajador tiene estipulado en su contrato que su jornada laboral es de lunes a viernes, en el momento de contar sus días de vacaciones se cuenta como día laborable el sábado ¿o únicamente  de lunes a viernes? Por favor dime si estoy en un error, pero el puede argumentar que su contratación fue de lunes a viernes, por lo que ni sábado ni domingo cuentan para su periodo  vacacional.

LFT. Artículo 76.- Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios.

De la lectura que precede y en el caso de este trabajador mencionado en el primer párrafo, y puesto que en su contrato de trabajo se establece con precisión que su jornada laboral es de lunes a viernes, entonces consideramos que los días sábados y domingos, son días de descanso para este trabajador y para efecto de los días de vacaciones que debe disfrutar no se deben acumular.
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Toda la UNAM en linea. Chécalo.

Es cierto, no tiene nada que ver con el #Imss, sin embargo, muchos de ustedes son aun estudiantes y esto les puede servir:

¿Sabías que Iisue UNAM cuenta con una Biblioteca 24/7? Entra a sus servicios en línea aquí:



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¿Ya puedo ir a cobrar mi incapacidad...?

Cuando un trabajador se encuentre incapacitado para trabajar de manera temporal, debido a que sufra un padecimiento derivado de un accidente (de trabajo o no) o enfermedad (de trabajo o no), o bien durante por maternidad en el caso de trabajadoras aseguradas, el médico del #IMSS le expedirá un certificado de incapacidad con el fin de justificar su ausencia en el trabajo durante los días que requiera para su recuperación.


Si se cumplen los requisitos que establece la Ley del Seguro Social, la incapacidad genera el derecho al pago de un subsidio. Los tipos de subsidios y sus características generales son los siguientes:

Ramo

Semanas Cotizadas

Porcentaje de Pago

Límite de Pago








Riesgo de Trabajo


No requiere semanas cotizadas previas.

100% del salario registrado en el IMSS, al inicio de la incapacidad.
De un día hasta el término de 52 semanas, según lo determinen los Servicios Médicos del IMSS.




Enfermedad General
4 semanas inmediatas anteriores al inicio de la enfermedad.
Si eres trabajador eventual, 6 semanas en los 4 meses anteriores al inicio de la enfermedad




60% del salario registrado en el #IMSS, al inicio de la incapacidad y a partir del 4o. día.
Nadie tiene obligación de pagar los primeros 3 días.


A partir del 4o. día hasta el término de 52 semanas, según lo determinen los servicios médicos del IMSS, se podrá prorrogar hasta por 26 semanas más.








Maternidad
30 semanas en los 12 meses anteriores a la fecha en que inicia la incapacidad.
Cuando la asegurada no cumpla con este requisito, quedará a cargo del patrón el pago del salario íntegro. (Art. 103 de la Ley del Seguro Social).



100% del salario registrado en el IMSS, al inicio de la incapacidad.







84 días, con el nuevo procedimiento implementado por el #IMSS.


Y 
Y si quieres saber si ya está listo el pago de cualquiera de tus incapacidades, ya sea enfermedad general (EG), maternidad (MT) o riesgo de trabajo (RT), puedes consultarlo a través de internet.

Haz click en este enlace.
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#DiaDeMuertos - Los bancos no abren, el #Imss SI.



http://wp.me/p4es4O-1Qw
#DiaDeMuertos - Bancos no abren y algunas dependencias oficiales, pero el #IMSS sí abre en forma normal.
Click aqui ´para leer el post completo en mi página web.

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Cambios en la nomina CFDI

Cambios Nómina de sueldos
01/Nov/2016
Periódico El Reforma
A partir del 1 de enero de 2017, la nómina digital tendrá modificaciones y más requerimientos de información, por lo que los patrones deberán hacer ajustes pronto para cumplir con el fisco.
La nómina digital, obligatoria desde abril de 2014, deberá incluir más información sobre los pagos que realizan a los trabajadores, detallar y verificar el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de quien recibe el pago, explicó Adrián Guarneros, Administrador Central de Atención a Contribuyentes del SAT.
"Ya se publicó la actualización de la factura de nómina; los patrones deben estar atentos e informar de actualizar su sistema y verificar el RFC de los trabajadores porque la nómina digital cambia.
"Estamos haciendo un llamado a que los patrones hablen con sus proveedores de servicios de nómina, para que conozcan de los cambios y no tengan que hacer todo hasta el final", dijo.


Entre los cambios al documento destacan la identificación del patrón en pagos de nómina por terceros, subsidio al empleo, separación de las percepciones en gravados y no por objeto, así como la incorporación del tipo de pagos por sueldos, separación, indemnización, jubilación, pensión y retiro.
También se añadirá información de las compensaciones de saldos a favor del Impuesto sobre la Renta (ISR), pagos de viáticos en el mes que se ejercieron y datos del receptor como si se trata de un sindicalizado, estado donde laboró o la empresa para la que trabajó.
"Las peticiones de mayor información las estamos haciendo porque la intención es eliminar la declaración de sueldos y salarios que cada febrero presentan las empresas", explicó Guarneros.
De acuerdo con el funcionario, las empresas desarrolladoras de software, los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) y el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), aseguraron estar listos para realizar los cambios pronto y asesorar a las empresas que lo requieran.
Añadió que los organismos empresariales también están enterados del cambio y de acuerdo con las modificaciones que se realizará a la nómina digital.
Con estas modificaciones, dijo, el fisco también tendrá información verificable de los trabajadores para complementar aún más su declaración anual de impuestos prellenada.
"Desde enero del próximo año, cuando el patrón envíe su nómina se va a verificar que todos los datos estén correctos, incluido el RFC que frecuentemente presenta errores todavía", aseveró.
Guarneros comentó que no existen sanciones económicas o administrativas para las empresas que no cumplan con los cambios, pero quienes no presenten la nómina con los nuevos requisitos no la podrán deducir.
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Prodecon puede ser de ayuda vs infonavit


Resulta que que te dieron tu credito de infonavit y en ese momento ganabas un buen salario.

Las cosas no siempre resultan bien y te quedas sin trabajo.  Cuando encuentras una nueva chamba, resulta que te pagan mucho menos y no alcanzas a pagar, pirque las letras chiquitas del contrato que firmaste cuando recibiste tu crédito de vivienda dice que siempre tienes que pagar lo mismo.

Absurdo ¿verdad? Porque resulta lógico que si percibo menos salario por mi trabajo, no tengo la misma capacidad económica para respknder en las mismas condiciones.

Acude a la Prodecon. Ellos pudieran ayudarte a presionar al #infonavit en tu queja porque o no eres atendido, o no te restructuran y te dejan sin percepciones porque el descuento es muy alto.

El patrón no puede hacer nada. Eres tú como trabajador acreditado quien debe proceder contra #infonavit.  Intenta con Prodecon y nos platicas tu experiencia.

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