Blog no oficial del IMSS en el que encontrarás ayuda e información relacionada al Instituto Mexicano Del Seguro Social.

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Mira algunos temas que ofrecen las #Afores

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¿Como me inscribo en una #AFORE...?

La #CONSAR nos dice cómo. Mira este tutorial:
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Expediente electrónico en tu #Afore ¿ya lo tramitaste?

Debes verificar cuanto antes, que los datos que tienes registrados ante el #IMSS y ante tu #AFORE estén correctos.

Si no lo haces, corres el riesgo de que se te niegue la procedencia de algún trámite, sobre todo en cuestión de pago de subsidios por incapacidad o goce de pensiones (viudez, orfandad, invalidez, cesantía, vejez o incapacidad permanente parcial o total).


Te sugiero que acudas en primer lugar a tu #AFORE, ya que a seis meses de la entrada en vigor del uso de los Datos Biométricos en el SAR (expediente electrónico del trabajador), las AFORE realizaron el trámite al primer millón de trabajadores. La incorporación de esta nueva tecnología en el SAR representa un avance relevante en el Sistema de Ahorro para el Retiro al permitir realizar diversos trámites, entre los que se encuentran el registro y traspaso, completamente digitales y sin uso de papel.

El uso de biométricos está teniendo importantes beneficios para los trabajadores y las AFORE, que irán creciendo en el tiempo conforme se enrole a más ahorradores y estos recurran a realizar otros servicios. Dentro de los beneficios más destacados están:


  • Certeza y seguridad
  • Uso universal
  • Consulta automática y segura por el trabajador y la AFORE
  • Facilita y optimiza la atención
  • Disminuye costos en el SAR en el largo plazo
  • Único e irrepetible para toda la vida

Anteriormente los expedientes se conformaban en papel con diversa documentación lo que se traducía en altos costos en capturas, y almacenamiento de los expedientes físicos. El manejo de información en papel incrementaba los riesgos de pérdida, copia no autorizada o errores de captura. Lo anterior, considerando que en cada cambio de AFORE se solicitaban nuevamente documentos al trabajador.

Para la adopción de biométricos en el SAR destaca el nivel de seguridad en todos los puntos y actores que interactúan con el Expediente Electrónico con biométricos:


  • Seguridad física
  • Confidencialidad de la base
  • Seguridad de red y plataformas, así como en aplicaciones y servicios
  • Controles, estándares y regulaciones
  • Encriptación
  • Control del trabajador

El tiempo estimado en recabar los datos biométricos de los ahorradores ha sido, en promedio, entre 7 y 10 minutos.

Durante 2017, se incorporará al enrolamiento de biométricos los siguientes trámites:


  • Separación y unificación de cuentas
  • Retiros parciales
  • Retiro de recursos totales
  • Retiros Programados y Pensiones Garantizadas
  • Recertificación
  • Reintegro de recursos derivado de un Retiro Parcial por Desempleo
  • Disposición de recursos de Ahorro Voluntario

Tal como ha ocurrido desde el inicio del programa, la captura de los datos en estos trámites se realizará de manera ágil y segura  para los ahorradores.

Para cualquier duda u orientación sobre este tema, los trabajadores podrán comunicarse a SARTEL 13-28-5000 (sin costo desde todo el país).


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Infografia- Conoce las quejas más recurrentes vs. las #Afores

Conoce las 3 principales causas de reclamación ante Condusef, sector Afores:



Además de la comisión y el rendimiento, compara los servicios de las Afores, consulta el CAS . Vía @CONSAR_mx




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Ayuda de desempleo ¿conviene usarlo?

Los recursos que podrás retirar corresponden a tu Subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV) de tu cuenta individual que tiernes en tu #AFORE (administradora de fondo para tu retiro).
Existen DOS modalidades para retirar la AYUDA de DESEMPLEO de tu AFORE.
Para ambas modalidades necesitas tener 46 días naturales como trabajador desempleado, a partir de que te dieron de baja de la empresa donde trabajabas. Este derecho esta plasmado en el articulo 191 de la Ley del Seguro Social vigente, el cual fue reformado el 26 de mayo del 2009. 
Es importante mencionarte que la AYUDA de DESEMPLEO de tu AFORE te afectara al momento de recibirla, en tu acumulado de semanas cotizadas, lo que puede resultar a la larga en una reducción de tu PENSION al momento de tu RETIRO, ya que  un factor determinante de tu PENSION es precisamente, el numero de semanas cotizadas.
Por tanto, debes pensar muy bien, la conveniencia de realizar ese retiro.
Modalidad 1 o mejor conocida como inciso A) del Articulo 191
  1. Si tu AFORE tiene como minimo 3 años de haber sido abierta y tiene un mínimo de 12 bimestres de cotización al IMSS acreditados en tu AFORE, podrá retirar en una exhibición la cantidad que resulte al equivalente a 30 días de su último salario base de cotización, con un límite de 10 veces el salario mínimo mensual general que rija en el Distrito Federal,  que es lo mismo que el siguiente calculo 10 X 64.76 X 30 =$19,428.00
Modalidad 2 o mejor conocida como inciso B) del Articulo 191
  1. Si tu AFORE tiene 5 años o más de haber sido abierta, podrá retirar la cantidad que resulte menor entre 90 días de su propio salario base de cotización de las últimas 250 semanas o las que tuviere, o el 11.5% del saldo de la Subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.
Las cantidades a que se refiere este inciso se entregarán en un máximo de 6 mensualidades, la primera de las cuales podrá ser por un monto de 30 días de su último salario base de cotización a solicitud del trabajador, conforme a las reglas de carácter general que al efecto expida la CONSAR.   En caso de que el trabajador se reincorpore a laborar durante el plazo de entrega de los recursos, las mensualidades posteriores a su reincorporación se suspenderán.
El trabajador que cumpla con los requisitos de antigüedad de la cuenta a que se refiere el primer párrafo de este inciso, podrá optar, en todo caso, por el beneficio señalado en el inciso a) es decir 30 dias de su ultimo salario base de cotización con el tope de $19,428.00
El derecho consignado en este inciso sólo podrán ejercerlo los trabajadores que acrediten con los estados de cuenta correspondientes, no haber efectuado retiros durante los 5 años inmediatos anteriores a la fecha de la solicitud de retiro de recursos.
Aspecto Importante “Descuento de semanas cotizadas por AYUDA DE DESEMPLEO”

La Ley del Seguro Social nos comenta lo siguiente:
Artículo 198. La disposición que realice el trabajador de los recursos de su cuenta individual por concepto del retiro por situación de desempleo previsto en el artículo 191 fracción II de la presente Ley, disminuirá en igual proporción a las semanas de cotización efectuadas.
La mencionada disminución se calculará dividiendo el monto acumulado de los recursos de la AFORE entre el número de semanas cotizadas hasta el momento de realizarse la disposición de dichos recursos. El monto retirado se dividirá entre el cociente resultante de la anterior operación. El resultado se le restará a las semanas cotizadas.
SALDO DE LA AFORE / NO. DE SEMANAS A LA FECHA DEL RETIRO = COCIENTE
MONTO DE LA AYUDA DE DESEMPLEO / COCIENTE = NO. DE SEMANAS A DESCONTAR
Ejemplo Numerico:
SALDO DE LA AFORE $100,000 / NO. DE SEMANAS COTIZADAS 1,000 = COCIENTE 100
MONTO DE LA AYUDA DE DESEMPLEO $11,500 / COCIENTE 100 = 115 SEMANAS A DESCONTAR
Los trabajadores que retiren recursos de la Subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez en los términos de lo dispuesto por el mencionado artículo 191 fracción II de la presente Ley, podrán reintegrar total o parcialmente los recursos que hubieren recibido conforme a las disposiciones de carácter general que al efecto expida la CONSAR, con el voto favorable del Comité Consultivo y de Vigilancia. En este caso, las semanas de cotización que hubieren sido disminuidas conforme a lo dispuesto en el presente artículo les serán reintegradas proporcionalmente a los recursos que reintegren.
LSS 1997. Art. Quinto transitorio.- Los trabajadores que hubieren quedado desempleados desde el día primero de octubre de 2008 y que anteriormente a la entrada en vigor del presente Decreto hubieren ejercido el retiro parcial por situación de desempleo, podrán solicitar la diferencia entre la cantidad recibida y la que tengan derecho en los términos del artículo 191, fracción II, de la Ley del Seguro Social, que se reforma.
Para iniciar el tramite deberas presentarte pasados los 46 dias naturales en la Subdelegacion del IMSS que te corresponda.
Informacion vista en: afore.com.mx

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[noticias] Propondrán la creación de "afores colectivas" - ¿qué es eso...?

Supongo que la idea es que las personas que no cuenten con una relación laboral formal, y que su patrón las tiene debidamente afiliada al seguro social, pueden tener acceso a este instrumento que les permita contar con un ahorro para la edad en la que ya no pudieran sostenerse con el fruto de su esfuerzo o adquirieran alguna enfermedad o accidente personal que les impida sostenerse económicamente.
Veamos la nota periodística publicada en:

ESTE ENLACE
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¿No sabes en qué afore estás...? Consúltalo en este infograma


Es tu dinero. Ten esa información muy a la mano.

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Puedes recuperar tus ahorros que estan en #infonavit


Hey, calma. NO te emociones. Esta nota está adelantada a su tiempo.

La ley del seguro social actual data de 1997. Para que aparezcan los primeros pensionados, los veremos hasta el año 20121.

¿Por qué? Porque nos piden 1,250 semanas cotizadas. Y si Pitágoras no miente, si divido 1,250 entre 52, son 24 años que debo cotizar. Y si la LSS es de 1997, le sumo 24 años, me da como resultado = 2021.

¿Y qué tiene que ver la LSS con el #infonavit? Pues que está ligada la posibilidad de retirar lo que tengas ahorrado en tu subcuenta de vivienda de tu afore, peeeeeero, hasta que te pensiones bajo la LSS. ¿Ves...?

De todos mdos, les dejo la nota de "El financiero" para que lean por qué digo que se adelantan demasiado.

Click AQUI

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Con la comodidad de hacerlo por celular: Aportaciones voluntarias a tu #afore

Ya pueden hacerse aportaciones voluntarias a Afores por celular

Durante el evento de lanzamiento dijo que será una forma fácil de ahorrar descargando una aplicación
EL UNIVERSAL
11/08/2016 | 04:00 AM
CIUDAD DE MÉXICO (UNIV)._ A partir de ayer miércoles, los trabajadores afiliados a las administradoras de ahorro para el retiro podrán hacer aportaciones voluntarias a su cuenta personal por medio del celular, anunció la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
“Un paso que estamos anunciando el día de hoy, y significativo por el potencial a futuro que tiene es la incorporación de la plataforma que tiene Transfer a este propósito; permite utilizar el teléfono celular para poder hacer aportaciones voluntarias a las Afores”, dijo el titular de la dependencia, Luis Videgaray.
Durante el evento de lanzamiento dijo que será una forma fácil de ahorrar descargando una aplicación al aparato telefónico.
Destacó que en México hay más de 64 millones de teléfonos inteligentes, es decir que ya no es un artículo de lujo, porque muchos de los trabajadores cuentan con uno.
“Hay que reconocer que hacia delante la plataforma más importante de interacción con el sistema financiero y de pagos, va a ser la telefonía móvil”, aseguró.
Afirmó que hoy no existe otro instrumento financiero de ahorro que ofrezca el mejor rendimiento como las Afore de 6 por ciento por encima de la inflación.
Sin embargo reconoció que el sistema de retiro enfrenta retos como mejorar el rendimiento, reducir los costos, incrementar la competencia y probablemente incrementar las contribuciones.
“Hay diversos estudios como el que presentó la OCDE hace unos meses, que probablemente tenemos que incrementar las contribuciones si queremos que se retiren a partir de lo ahorrado en la cuenta en su Afore, tengan una buena pensión”, estableció.

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Si empezaste a cotizar al #imss de 1997 a la fecha, tu pensión la pagará tu #afore

Y tristemente, si no ahorras por tu cuenta, no creas que tendrás una pensión, ya no digamos "decorosa". Por eso, la #consar insiste mucho a estos trabajadores, los que comenzaron a cotizar a partir del 01 de julio de 1997, que se preocupen por incrementar de manera voluntaria lo que tienen en su subcuenta de vivienda. 

Mira la invitación que te hace la #consar:


¡Ahorra!

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Afores crecen en el semestre. Recuerden que es ahorro a largo plazo.

En algunos meses de este año e incluso de anteriores, hemos escuchado que los rendimientos de las #afores, son negativos, es decir que han tenido "minusvalias".

Eso no deberia preocuparnos demasiado, ya que recordemos que nuestro dinero que está ahorrado en las subcuentas del seguro de retiro del seguro social, están destinadas a utilizarse cuando solicitemos pensionarnos, que de acuerdo con la ley del seguro social, es cuando cumplaos 60 o 65 años y contemos con 1,250 semanas cotizadas.

Hay que tener paciencia y no alarmarse en demasía.

Aquí la noticia del financiero que confirma estos comentarios:


Y el link de la noticia para su lectura es --> Click Aqui



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#Afores - ¿con cuánto te pensionarás con la ley del seg. social actual 1997?


Todos debemos tener una #afore. La #Consar insiste mucho en informarnos e invitarnos de que es importante que incrementes tu ahorro en tu #afore, porque los especialistas han determinado que las pensiones serán insuficientes.

Si empezaste a cotizar al #imss de 1997 a la fecha, deberás tomar muy en serio esta recomendación de la #consar.

Chécate esta calculadora, con la que te darás una buena idea de la posible pensión #afore que vas a tener cuando te pensiones:

Click en este enlace --> Calculadora IMSS - afores


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