El Seguro de Salud para estudiantes del IMSS o Seguro Facultativo es el esquema de aseguramiento médico que otorga el IMSS, para los estudiantes que cursan estudios de nivel medio, superior y de postgrado, en cumplimiento a lo establecido en el Decreto Presidencial de fecha 10 de junio de 1987.
El cual tiene sus reglas que publicó el H. Consejo Técnico en el acuerdo ACDO SA1 HCT. 281015/246 P DIR el 16 de septiembre de 2015 en DOF.
Los gastos corren por cuenta del Gobierno Federal, por lo tanto, ni la Universidad ni el alumno están obligados a pagar para tener acceso al servicio.
¿Quién tiene derecho a este servicio?
Todos los estudiantes que se encuentren inscritos en la Universidad y que no cuenten con protección como asegurado o beneficiario de sus padres, cónyuge o su trabajo.
¿Cómo afiliarse al IMSS?
Una vez que la Coordinación de Sistemas Escolares de la UAM Unidad Lerma te proporcione el número de seguridad social, deberás acudir a la Unidad de Medicina Familiar correspondiente, en la Ventanilla de Vigencia de Derechos para tramitar el alta de expediente y carnet de citas.
Documentos que debes presentar en original:
− Número de Seguridad Social asignado
− Acta de Nacimiento
− CURP
− Identificación Oficial (IFE, catilla, pasaporte o licencia de conducir)
− Comprobante de Domicilio
− Comprobante de Estudios
− 2 fotografías tamaño infantil a color o blanco y negro
¿A qué servicios tienen derecho los estudiantes?
− Atención médica
− Medicinas
− Hospitalización
− Cirugía en caso de enfermedad
− Maternidad
¿Por qué es importante tramitar el Seguro Facultativo?
Estar asegurado es uno de los requisitos que se pide para realizar trámites extracurriculares como lo son: el servicio social, prácticas profesionales, proyectos estudiantiles, actividades deportivas, prácticas y visitas de campo entre otros.
¿En qué casos NO procede el Seguro Facultativo?
a) Cuando los estudiantes se encuentren afiliados al IMSS, ISSSTE u otra institución, como empleados.
b) Cuando los estudiantes se encuentren afiliados por parte de sus padres o cónyuge.
c) Cuando el estudiante se presente en estado de baja temporal y egresado.
d) Los hijos o cónyuge de estudiantes afiliados no pueden ser beneficiarios del servicio.